El Decreto 44, promulgado en el Diario Oficial en julio de 2024 y vigente a partir de febrero de 2025, establece una nueva normativa que unifica varios decretos anteriores (ahora derogados). Su propósito es regular un “reglamento de gestión preventiva de riesgos laborales”, orientado a garantizar un entorno de trabajo seguro y saludable.
Este decreto introduce y redefine nuevos conceptos, tales como:
- Gestión preventiva.
- Peligro.
- Incidentes o sucesos peligrosos.
- Riesgo laboral.
- Riesgo grave e inminente.
- Violencia y acoso en el mundo del trabajo.
- Violencia extrema.
- Matriz de riesgos.
- Mapa de riesgos.
- Entre otros.
La ley afecta a comunidades donde se desarrollan actividades laborales, como conserjes, auxiliares de aseo, supervisores, mayordomos, jardineros, entre otros.
Este “compendio” de normas regula los reglamentos internos de orden, higiene y seguridad, e impone nuevas obligaciones a los empleadores. Por ejemplo, se exige la elaboración de un mapa de riesgos, un plano similar al de emergencias y evacuación, pero que identifica los peligros presentes en las instalaciones. Adicionalmente, se debe crear una matriz de riesgos, un documento que evalúa y cuantifica los riesgos, considerando probabilidades de ocurrencia y medidas preventivas.
Asimismo, el decreto regula el derecho a saber o la obligación de informar los riesgos a los trabajadores al momento de su incorporación. Las capacitaciones se vuelven obligatorias, con una periodicidad máxima de dos años entre cada sesión.
Esta nueva normativa complementa la Ley 16.744 y el Decreto Supremo 594, que ya regulan la prevención de riesgos en los lugares de trabajo, los accidentes laborales y las enfermedades profesionales.
El Decreto 44 impone a los empleadores varias obligaciones que deben revisarse anualmente, tales como:
- Realizar capacitaciones periódicas.
- Entregar estadísticas a los organismos administradores (mutualidades).
- Elaborar mapas de riesgos y matrices de riesgos.
- Implementar procedimientos para emergencias, como incendios, uso de extintores, y planes de gestión de emergencias y catástrofes.
Los planes de emergencia y evacuación, establecidos en la Ley de Copropiedad (Ley 21.442), podrán combinarse con las nuevas exigencias del Decreto 44, lo que facilitará la gestión a los comités de administración y administradores de comunidades.
Como siempre, quedamos atentos a resolver todas sus dudas y consultas.
Jordan Sepúlveda L Ingeniero en prevención de riesgos. jordan@sepulvedaingenieria.com +56 977676167