La ley de copropiedad 21.442 controla varios aspectos relacionados a los planes de emergencias y evacuación, estos son muy claros y específicos en su articulo 40.
Cuando una comunidad ya cuenta con un plan y está cercana a cumplir un ciclo, osea, un año, se debe tener presente qué:
Para los planes de emergencias y evacuación:
Se deberán actualizar siempre que existan cambios estructurales en el edificio y/o que modifiquen los planos originales; también se deberá actualizar siempre que existan cambios que afecten a los equipos de control y detección de incendios, como por ejemplo aumentar o disminuir el número de extintores, cambiar el tipo de agente de extinción, quitar o aumentar el número de sensores de humo, entre otros.
Para los planes de evacuación:
Se deberá actualizar al menos una vez al año, también cuando por algún motivo se deban cambiar las vías de evacuación y/o zonas de seguridad, se deberán actualizar cuando lleguen personas con algún tipo de discapacidad y/o también cuando hayan personas que no hablen o entiendan el idioma español, entre otras.
Consideraciones especiales:
Los planes se deben actualizar cuando existan evidentes riesgo inherentes anexos a las comunidades, esto quiere decir que cuando por ejemplo, un terreno vecino que se mantuvo baldío durante años y en él se construye una bencinera o una empresa que acopia sustancias inflamables, también podría ser un socavón de gran magnitud en la calle o sector que afecte directamente la edificación o ponga en peligro a la comunidad, etc; entonces se deberá modificar este plan ante el riesgo nuevo.
Simulacros de evacuación:
Este ejercicio obligatorio depende del plan de evacuación, el que se debe realizar a lo menos una vez al año. En este evento se activan las alarmas de incendio y se verifican varios elementos, la gente debe descender de sus unidades y/o dirigirse a las zonas de seguridad, posteriormente recibirán una instrucción sobre las emergencias contenidas en el plan.
¿Que sucede si en mi comunidad no hay cambios en el plan de emergencias y el plan de evacuación?:
La ley de copropiedad no menciona esta singularidad, por tanto nuestra empresa a usted y su comunidad lo ayudan a mantener vigente su documentación y dar cumplimiento a la ley, entregándole un certificado de continuidad del plan de emergencias y evacuación y además de la ejecución de un simulacro integral.
Todas las comunidades que cuenten con una plan de emergencias y evacuación nuestro acceden inmediatamente a una revalidación rápida y con valores exclusivos, no obstante, si su comunidad tiene la documentación realizada por un tercero, también puede acceder a una revalidación por nuestra parte, obteniendo todo el respaldo, seriedad y profesionalismo que nos caracteriza.
No contar con la documentación anteriormente nombrados o incumplir parcialmente con los parámetros exigibles que aplican para los planes de emergencia y evacuación podrían generar multas millonarias que se deberán pagar en el JPL o la subsecretaría de condominios.
Lo invitamos a ponerse en contacto con nosotros para ser asesorado profesionalmente.
Saludos cordiales.
Jordan Sepúlveda L Ingeniero en prevención de riesgos. jordan@sepulvedaingenieria.com +56 977676167